mi茅rcoles, 21 de octubre de 2015
LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y LA DESCENTRALIZACI脫N COLOMBIANA.
La constituci贸n de 1886 se bas贸 en la democracia representativa,es decir,todas las decisiones eran tomadas por quienes estaban en el poder,elegidos por el voto popular y que representaban los dos(2)partidos pol铆ticos tradicionales.
La constituci贸n actual plantea que hay que combinar la democracia representativa con la participativa.Est谩 煤ltima fue creada para que todas las personas puedan intervenir directamente en la toma de decisiones relacionadas con los asuntos p煤blicos.Se busca que las dos(2) formas de participaci贸n se complementen.
La participaci贸n es principio constitucional,la constituci贸n de 1991 tiene dentro de los principios fortalecer la democracia participativa,tanto en lo electoral,como en el proceso publico,social.El articulo 2潞 dice la "participativa democr谩tica es un fin esencial del estado"es decir,que se asigna al estado la funci贸n de fomentar la participaci贸n en las decisiones que afectan el futuro.
La participaci贸n es derecho y deber,pues le permite al ciudadano mejorar su capacidad para ejercer el poder pol铆tico en la sociedad y te da la posibilidad de crear asociaciones de defensa de sus intereses.Se puede participar a trav茅s de la acci贸n de tutela y acci贸n de cumplimiento (desde el inter茅s individual) o a trav茅s de las vedur铆as ciudadanas y la iniciativa popular legislativa (desde el inter茅s colectivo)
Como deber,la participaci贸n democr谩tica se fundamenta en la obligaci贸n de los ciudadanos de participar en la vida c铆vica y pol铆tica del estado.
s谩bado, 17 de octubre de 2015
El FUNCIONAMIENTO DE LOS PODERES EJECUTIVO,LEGISLATIVO,JUDIAL Y SU PROBLEM脕TICA.
El poder ejecutivo.
Es una de las tres facultades y funciones primordiales del estado(junto con el poder legislativo y el poder judial que consiste en hacer cumplir las leyes).
Este poder lo suele ejercer el gobierno por parte del jefe del estado.
Se distingue as铆 del poder legislativo,que promulga o revoca leyes y del poder jucial,que interpreta hace respetar o invalida las mismas.
El poder ejecutivo es responsable de la gesti贸n diaria del estado y concibe y ejecuta pol铆ticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas;representa ala naci贸n en sus relaciones diplom谩ticas, sostiene a las fuerzas armadas y en ocasiones aconseja con respeto a la legislaci贸n.
PROBLEM脕TICA: Las problem谩ticas de este poder pueden ser que no se revoquen tanto las leyes para el pueblo.
El poder legislativo.
Por definici贸n es el poder que hace las leyes,facultad que implica la posibilidad de regular en nombre del pueblo los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales.
Para ejercer dicha facultad est谩 investida de una incuestionable autoridad que le otorga la representaci贸n de la voluntad.
PROBLEM脕TICA: En este poder se hacen las leyes pero si no se hacen bien formadas los del poder ejecutivo no podr谩n revocarlos.
El poder judicial.
Es un poder del estado encargado de administrar la justicia en un sociedad.Es una de las tres facultades y funciones primordiales del estado (junto con el poder legislativo y el poder ejecutivo),mediante la aplicaci贸n de las normas jur铆dicas en la resoluci贸n de conflictos.
PROBLEM脕TICA: En este poder se podr铆a aclarar que las problem谩ticas que si no se administran las leyes de las personas del pueblo no se pueden ni revocar as铆 que para hacer todas las leyes tiene que pasar primero por el poder legislativo luego por el ejecutivo y luego por el judicial asi que si no pasa por ninguno de estos no habr铆a constituci贸n de Colombia
LA FINALIDAD DEL ESTADO COLOMBIANO SEG脷N LA CONSTITUCI脫N ACTUAL.
En este 谩mbito podemos encontrar que dentro de la historia colombiana dos referentes,la constituci贸n de 1886,la cual mediante la cual se incorporo la tendencia universal a reconocer garant铆as constitucionales a trav茅s del estado de derecho.
Que est谩 por su parte tuvo en la constituci贸n de 1991 una evoluci贸n a un modelo a estado social de derecho que integra el principio social,el democr谩tico y el estado de derecho.
En vigencia de la primera constituci贸n predomina la ley como herramienta de interpretaci贸n de derecho,en la segunda prevalecen los principios y valores constitucionales como instrumento de interpretaci贸n y aplicaci贸n de la ley.
FORMAS ALTERNATIVAS DE UTILIZACI脫N Y MANEJO DE LOS RECURSOS NATURALES (ENERG脥A SOLAR,PURIFICACI脫N DE AGUAS RESIDUALES ETC).
El manejo de recursos se refiere a las estrategias que se establecen para que la utilizaci贸n de 茅sos recursos sea racional,como la cantidad,el ritmo,la duraci贸n o el reparto de los beneficios de la explotaci贸n,es decir,que se lleve a cabo bajo ciertas condiciones que impidan la generaci贸n de impactos hacia el ambiente o en caso de ser imposible que el ambiente no sufra impactos,al menos establecer la mitigaci贸n.
En este sentido se pretende que todo proyecto tenga en cuenta al ambiente como uno de sus factores,y proponga alternativas que permitan al proyecto coexistir de manera armoniosa con el ambiente.
Como lo testimonia un creciente numero de trabajos,la colonizaci贸n de las selvas y llanuras sub tropicales y tropicales de Am茅rica,tiende a convertirse en un 谩rea especializada de lo que podr铆a llamarse las "sociolog铆as de la colonizaci贸n,los estudios muestran que con mirando desde lo profundo que cada vez sera m谩s las especificidades de nuestras latitudes.
de este tema principal se arraigan otros como las tecnolog铆as con el uso de los recursos,los choques culturales y cosas que tengan relaci贸n con el estado.
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